Asistencia al detenido

La privación de libertad del ciudadano es un derecho inviolable que sólo puede verse limitado en supuestos muy concretos y con una serie de derechos y garantías que velan por el cumplimiento preciso de la Ley, tal como proclama el art. 17 de la Constitución al configurar la Libertad como un Derecho Fundamental.

 

Por ello el Estado ha de prever los condicionantes para que, ante los concretos supuestos excepcionales en los que se permite, los agentes de la autoridad puedan privar de libertad al ciudadano. En estos casos el asesoramiento y asistencia al detenido ha de ser ejercitada por un abogado con la experiencia necesaria, pues los intereses que están en juego son de vital importancia para el propio detenido y sus familiares, quienes en todo momento han de estar informados sobre la situación personal de éste y con plenas garantías de observancia de la legalidad, para lo que es esencial la intervención del abogado.

 

La declaración del detenido es un elemento fundamental en el devenir del proceso, ya sea ante los agentes de autoridad como a presencia judicial, por lo que entre sus derechos se encuentran la posibilidad guardar silencio o no confesarse culpable. En todo caso, la observancia rigurosa de la normativa procesal es la principal premisa que ha de cumplirse durante la tramitación de la causa penal, por lo que experiencia y conocimientos son requisitos necesarios para garantizar un proceso justo y con todas las garantías.

 

  • Asistencia Letrada al Detenido
  • Habeas Corpus
  • Asistencia en Comisaría
  • Asistencia en Juzgados
  • Declaración de Imputado
  • Declaración de Testigos

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